En días recientes, el presidente municipal anunció el cambio de denominación de la Secretaría de Seguridad y Tránsito Municipal a “Secretaría de Seguridad Pública”. Detrás de esa “reforma” de nombre, parece vislumbrarse una intención más estética que sustantiva: cambiar la percepción ciudadana, pero sin transformar realmente las funciones, responsabilidades ni la operatividad de la dependencia.

 

Desde hace años, esa secretaría padece de una percepción negativa ante la ciudadanía, no por falta de un nombre adecuado, sino por la carencia de resultados, transparencia y rendición de cuentas.

 

El abogado Manuel Alejandro Cruz Islas, como voz crítica y comprometida con el interés público, advirtió:

 

“Jurídicamente, un cambio de esta naturaleza debe seguir un procedimiento claro: informar al cabildo, exponer motivos contundentes y justificados, y someterlo a deliberación colegiada. Lo que estamos viendo es más bien un acto de autoritarismo, pues ni se convoca ni se invita a la ciudadanía a participar.”

 

Este señalamiento se respalda en la Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiapas, que establece expresamente:

En su artículo 36, fracción II, se faculta al Ayuntamiento para formular los reglamentos administrativos e internos necesarios para la regulación de sus servicios públicos y para la organización y funcionamiento de su estructura administrativa.

En el artículo 55, bajo el título “De la organización administrativa de los municipios”, se dispone que:

“Para la mejor organización y funcionamiento de la administración pública municipal, el Presidente Municipal, con autorización del ayuntamiento, podrá crear nuevas dependencias, unidades administrativas u organismos, así como fusionar, modificar o suprimir los existentes de acuerdo con las necesidades del municipio y el presupuesto de egresos respectivo.”

(Última adición publicada en el Periódico Oficial No. 242, de fecha 07 de julio de 2010).

 

Esto significa que el presidente municipal no puede de manera unilateral imponer un cambio de denominación o estructura sin la debida autorización del cabildo y sin la justificación de las necesidades del municipio.

 

Por ello, si queremos realmente mejorar nuestro municipio, no bastan los reetiquetados de dependencias: hace falta apertura, participación ciudadana, transparencia y compromiso. En CI Abogados seguiremos vigilantes, acompañando a quienes exigen que las transformaciones no sean solo de fachada, sino profundas y legítimas.